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lunes, 14 de abril de 2014

CAFÉ FILOSÓFICO Nº 21
ILEGALIDAD Y DESOBEDIENCIA CIVIL

Esta vez fueron menos l@s asistentes, pero no por ello el Café Filosófico perdió el interés y la emoción que lo caracteriza. Comenzamos la tertulia con la definición de Rawls sobre la desobedicencia civil: “acto público, no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido habitualmente con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas de gobierno.” ¿De acuerdo con esta definición? Para Elena, el acto no tiene pr qué ser cometido habitualmente, ya que puede haber casos puntuales. Ángel no cree que el propósito haya de incidir siempre sobre un cambio en la ley, ya que podría también ir en contra del sistema económico. Sin embargo, se descartó la protesta contra el sistema como parte de la desobediencia civil, comenzando así un debate sobre la moralidad de ir en contra de la ley establecida. Sagrario nos ilustró con el ejemplo de Thoureau, quien no pagaba los impuesto y explicaba por qué en sus obras.

El manejo de la desobediencia civil resulta ser algo muy complicado, por lo cual Rawls coloca una serie de condiciones para su correcto ejercicio:
  • Se aplica a casos claramente injustos como aquellos que suponen un óbice cuando se trata de evitar otras injusticias. Pero, ¿cómo delimitar si un caso es claramente injusto? Para Álvaro, estos casos son los que perjudican a gente sin beneficiar a nadie. Elena matiza que siempre beneficia a alguien, pero a menos gente de la que perjudica. Para Sagrario, los casos son injustos si atentan contra la dignidad.
  • La desobediencia civil ha de ser el último recurso a ser utilizado, una vez han sido agotadas todas las vías legales debido a la falta de atención o indiferencia de las mayorías. Pero, ¿resulta fácil agotar las vías legales? Mariví opina que Rawls se refiere a los casos donde ha habido una sentencia firme, venga de la instancia que venga. Álvaro comenta que siempre van a existir más tribunales a lo que recurrir, anulando así la desobediencia civil según Rawls.

Y lo más controvertido, ¿es la desobediencia civil un ejemplo de respeto a la ley? Sagrario nos ejemplifica la muerte de Sócrates: bajo la ley. Muere en un marco de respeto a la ley. El derecho nace cuando los derechos de unos sobre otros están protegidos. Ése es el deber de Kant. Álvaro apunta que aquí no se está respetando la ley, sino el concepto de ley. Y Mariví completa este comentario como el sentido abstracto de lo justo. Un ejemplo actual sería, como dijo Sagrario, el de los desahucios y los objetores de conciencia que se niegan a cumplir la actual ley de echar a personas de sus casas.



A continuación, comentamos algunos fragmentos de un capítulo de documentos TV sobre la “Revolución no violenta. Métodos y tácticas” https://www.youtube.com/watch?v=Ow_vXKJhAEo
Si se puede derrocar dictaduras con la desobediencia civil, ¿por qué aún quedan dictaduras? En la opinión de Ángel, hay gente que aún es sierva. Elena piensa que no es fácil poner de acuerdo a un gran grupo de personas. Miguel ve un problema el hecho de protestar pacíficamente cuando los gobiernos responden con las armas. A colación de esto, estuvimos hablando de Gene Sharp, estadounidense que ha extendido su libro, en el cual plantea los métodos de cómo llevar a cabo una revolución no violenta, por el mundo. Además, se plantearon una serie de ejemplos prácticos de revoluciones no violentas, como la de las sufragettes, que tenían miles de discípulos, los cuales perdieron cuando éstas se decantaron por la violencia, pero a su vez comenzaron a conseguir logros.


¿Por qué no despertamos? Nos pregunta Sagrario recordando otro de nuestros cafés filosóficos. Porque estamos a gusto durmiendo, nos dice... Y sugiere que reflexionemos sobre las cabezas gigantescas de Jaume Plensa, que tanto llaman la atención por ser un territorio inexplorado...

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